Dpto. Atención al Cliente
La Ley 26/2006, de 17 de julio, de Mediación de Seguros y Reaseguros Privados establece en su artículo 44.3 que los corredores de seguros, las sociedades de correduría de seguros y los mediadores de seguros residentes o domiciliados en otros estados del Espacio Económico Europeo que ejerzan en España en régimen de derecho de establecimiento o en régimen de libre prestación de servicios, deberán contar con un Departamento o Servicio de Atención al Cliente para resolver las quejas y reclamaciones.
Y que a estos efectos, podrán contratar externamente el desempeño de las funciones del Departamento o Servicio de Atención al Cliente con otra persona o entidad ajena a la estructura de su Organización siempre que el Titular del Departamento o Servicio reúna los requisitos exigidos en dicha normativa.
¿Cómo contactar con el Departamento?
Puede dirigir sus quejas y reclamaciones a las siguientes direcciones:
E2000 Dpto. de Atención al Cliente
Dª Purificación Rubio Arteaga
C/Marzo, núm.23, 02002 Albacete
902 11 49 13
902 11 49 14
El Departamento de Atención al cliente debe resolver sus reclamaciones en un plazo de DOS MESES, a contar desde el día siguiente a su presentación en dicho departamento.
Puede Vd. también dirigirse al Servicio de Reclamaciones de la Dirección General de Seguros y Fondo de Pensiones, siempre y cuando previamente haya agotado la vía del Departamento de Atención al Cliente, a la siguiente dirección:
Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones
Paseo de la Castellana, núm. 44
28046 Madrid
También se haya a su disposición una Hoja de Reclamaciones
Documentación
- Hoja de reclamaciones
- Ley 26/2006, de 17 de julio, de Mediación de seguros y reaseguros privados
- Ley 44/2002, de 22 de noviembre, de Medidas de Reforma del Sistema Financiero.
- Orden Ministerial 734/2004, de 11 de marzo, sobre Departamentos y Servicios de Atención al Cliente y Defensor del Cliente de las Entidades Financieras.